En el DOGC de hoy se ha publicado:
En el artículo 36 de esta ley se prevé la modificación de la Ley 16/1991 de las policías locales de Cataluña respecto a la escala básica:
- »5. La titulación exigida para las categorías de agente y caporal, a excepción del que establecen los apartados 1 y 2, es la siguiente: título de bachillerato, técnico u otra de equivalente o superior.
